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EB3 | INMIGRACIÓN BASADA EN EL EMPLEO
¿QUÉ ES LA VISA EB-3?
Es una categoría de preferencia de visa para la residencia permanente basada en el empleo de los Estados Unidos. Está destinado a “trabajadores calificados”, “profesionales” y “otros trabajadores”.
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Profesionales: deben demostrar que un título de bachillerato. La experiencia no puede sustituir un título de bachillerato.
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Trabajadores calificados: deben poder demostrar al menos 2 años de experiencia laboral o capacitación y cumplir con los requisitos del empleador.
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Otros trabajadores: deben ser capaces, en el momento en que el empleador presente la petición, de realizar trabajo no calificado (que requiera menos de 2 años de capacitación o experiencia) que no sea de naturaleza temporal o estacional, los trabajadores no calificados están limitados a no más de 10,000 visas por año.
¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE OBTENER LA VISA EB-3?
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Residencia permanente del trabajador en los EE. UU. Durante 10 años.
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Capacidad para viajar libremente.
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Posibilidad de ampliar el beneficio a la familia; cónyuge e hijos menores de 21 años que sean solteros.
*Todas las peticiones presentadas en la categoría EB-3 requieren una oferta de trabajo permanente a tiempo completo y una certificación laboral.
SERVICIOS ADICIONALES
GM INTERNATIONAL CONSULTANTS LLC, como su agente, se asegurará de que su empresa y sus trabajadores cumplan estrictamente con las leyes y reglamentos del Departamento de Trabajo y del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS).
Pero, los servicios de GMIC no terminan ahí; queremos asegurarnos de que sus nuevos empleados estén preparados para el éxito desde el principio.
Nuestros servicios incluyen:
• Brindar apoyo continuo para usted y sus trabajadores durante la vigencia de sus visas.
• Asistencia al trabajador extranjero el día de la entrevista, brindándole transporte, hospedaje y alimentación.
• Recibir a los nuevos empleados en el aeropuerto y transportación al lugar de alojamiento que ellos hayan establecido.
• Brindar a los trabajadores una sesión de orientación sobre la cultura en EE.UU.
• Apoyo a los trabajadores en su obtención de seguro social y abrir cuentas bancarias.
PROCESO DE SOLICITUD EB-3
El proceso de solicitud EB-3 tiene 3 etapas y los tiempos de resolución de cada una, dependen totalmente de las autoridades correspondientes.
1ª etapa: Departamento de Labor
Someter al Departamento de Labor la Certificación laboral como trabajador extranjero. El tiempo de procesamiento de esta etapa puede tomar de 6 hasta 8 meses en tiempo regular, en caso que el DOL solicite mayor información, puede tomar otros 3 meses más. Esto es un tiempo aproximado, nosotros como agencia no tenemos el control de ello.
2ª etapa: Petición del Empleador
El empleador presente la Petición de inmigrante (I-140) ante USCIS. El propósito de la petición es probar que el extranjero está calificado para ocupar el puesto. El tiempo de procesamiento regular puede ir de 1 mes hasta 6 meses. USCIS puede solicitar más información sobre la petición lo cual significa que puede alargar el tiempo de espera.
3ª etapa: USCIS
El paso final en el proceso ocurre después de que USCIS aprueba la petición I-140.
a) Si el trabajador se encuentra en Estados Unidos con un estatus válido y una visa de inmigrante está disponible, se puede presentar un Ajuste de Estatus*.
b) Si el trabajador no se encuentra en los Estados Unidos, se solicita una visa de inmigrante EB-3 en un consulado de los EE. UU. en su país de origen.
La tercera etapa puede tomar hasta 5 meses para obtener una entrevista consular. Esto es un tiempo aproximado, nosotros como agencia no tenemos el control de ello.
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H2B | PROGRAMA TEMPORAL NO AGRÍCOLA
¿QUÉ ES LA VISA H2B?
El programa no agrícola H2B es para trabajadores temporales y permite a los empleadores que cumplen con los requisitos del programa contratar trabajadores no inmigrantes según la necesidad temporal del empleador.
El empleador solicitante debe establecer que su necesidad es de naturaleza temporal,
Para ser considerado temporal, la necesidad debe establecerse como uno de los siguientes:
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Suceso único.- Una situación laboral que es permanente pero un suceso temporal de corta duración ha creado la necesidad de trabajadores temporales.
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Necesidad estacional.- La necesidad está tradicionalmente ligada a una estación del año por un evento o patrón.
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Necesidad de pico de carga.- El empleador necesita complementar temporalmente su personal permanente en el lugar de empleo debido a la demanda estacional o de corta duración.
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Necesidad intermitente.- El empleador no ha contratado trabajadores a tiempo completo para realizar el servicio, y ocasionalmente necesita trabajadores temporales para realizar el servicio por períodos cortos.
El programa tiene un límite numérico legal (o tope) en el número de ciudadanos extranjeros a los que se les puede emitir una visa H2B durante un año fiscal. El Congreso ha establecido el límite de H2B en 66.000 por año fiscal:
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33,000 para los trabajadores que comienzan a trabajar en la primera mitad del año del 1 de octubre al 31 de marzo.
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33.000 trabajadores para el segundo semestre del año fiscal, del 1 de abril al 30 de septiembre.
Las peticiones H2B solo pueden ser aprobadas para ciudadanos de países que el secretario de Seguridad Nacional haya designado con el consentimiento de la oficina del Secretario de Estado, como elegibles para participar en el programa H2B.
PROCESO DE APLICACIÓN H2B
El proceso incluye:
1. Establezca la necesidad de la empresa, presentando el siguiente o GMIC:
- Registros de nómina mensual de los dos o tres años anteriores.
- Registros de ventas mensuales de los dos o tres años anteriores.
- Proyecciones de ventas para los próximos doce meses.
2. Presentar una solicitud al Departamento de Trabajo (DOL) del salario actual del puesto a cubrir. El DOL emitirá la determinación basándose en los condados o localidades especificados en la solicitud y la naturaleza de las tareas laborales.
3. Demuestre al Departamento de Trabajo que la empresa tiene una necesidad temporal y no está desplazando a los solicitantes de empleo locales mediante la contratación local.
4. Una vez que el DOL determine que no hay suficientes trabajadores estadounidenses capaces, dispuestos y calificados para hacer el trabajo, emitirá una Certificación Laboral Temporal (TLC); Este TLC se enviará junto con una petición al USCIS solicitando la aprobación H2B del empleador final.
5. Después de que USCIS apruebe la solicitud del empleador, los posibles trabajadores H2B deben solicitar una visa al Departamento de Estado de los Estados Unidos en una Embajada o Consulado en el extranjero y luego solicitar la admisión a los Estados Unidos con la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los Estados Unidos.
Todo el proceso dura aproximadamente 5 meses.
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H2A | PROGRAMA TEMPORAL AGRÍCOLA
¿QUÉ ES LA VISA H2A?
El programa agrícola H2A es para trabajadores temporales y permite a los empleadores que cumplen con los requisitos del programa contratar trabajadores no inmigrantes según las necesidades temporales del empleador. El empleador solicitante debe establecer que su necesidad es de naturaleza temporal.
Dependiendo del tipo de trabajo que necesite, el trabajo agrícola TEMPORAL o ESTACIONAL puede realizarse en granjas, plantaciones, ranchos, viveros, campos, invernaderos, huertos u otros lugares similares.
- El trabajo estacional es cuando necesita más ayuda de lo habitual porque el trabajo está vinculado a una determinada época del año por un evento o patrón, como un ciclo de cultivo anual corto.
- El trabajo temporal no dura más de 10 meses. Si ha sido afectado por una huelga, paro laboral o despido dentro de los 60 días posteriores al inicio del trabajo, es posible que no califique para el programa.
NOTAS IMPORTANTES
- Los trabajadores agrícolas extranjeros admitidos temporalmente en los Estados Unidos con visas H2A están exentos de los impuestos del Seguro Social y Medicare de los EE. UU. Sobre la compensación que se les paga por los servicios prestados en relación con la visa H2A.
- La compensación pagada a los trabajadores agrícolas H2A por los servicios prestados en relación con la visa H2A no está sujeta a la retención obligatoria del impuesto sobre la renta federal de EE. UU. Se aplica la retención adicional de impuestos.
- El empleador puede retener el impuesto sobre la renta federal solo si tanto el trabajador agrícola H2A como el empleador acuerdan retenerlo.
- Si el trabajador H2A renuncia al trabajo o es despedido, el empleador debe notificar a GMIC, DOL y USCIS; después de la notificación, se cancela la visa del empleado. Es posible que se le excluya para siempre del programa H2A.
- El empleador debe conservar los documentos y archivos de H2A durante un mínimo de tres años después de la aprobación del Departamento de Trabajo en caso de que se requiera una auditoría.
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EB3 | INMIGRACIÓN BASADA EN EMPLEO
¿QUÉ ES LA TERCERA PREFERENCIA EB-3 DE INMIGRACIÓN BASADA EN EL EMPLEO?
Es una subcategoría para trabajadores EB-3 de tercera preferencia o personas que realizan trabajo no calificado que requiere menos de 2 años de capacitación, educación o experiencia, no de naturaleza temporal o estacional.
PERM es el primer paso en el proceso de solicitud de Permanente Legal Basado en Empleo.
H2B | PROGRAMA TEMPORAL NO AGRÍCOLA
¿NECESITA TRABAJADORES TEMPORALES Y NO LOS ENCUENTRAS EN TU CIUDAD?
¡Si eres empleador tienes otra opción! Cada año, el gobierno autoriza a los trabajadores de países extranjeros a satisfacer la demanda de empresas no agrícolas con la visa H2B.
GM INTERNATIONAL CONSULTANTS LLC puede ayudarlo a navegar el proceso, desarrollando materiales y aplicaciones personalizadas que se adapten a sus necesidades específicas.
H2A | PROGRAMA TEMPORAL AGRÍCOLA
¿NECESITA TRABAJADORES AGRÍCOLAS TEMPORALES?
¡Si eres empleador tienes otra opción! Cada año, el gobierno autoriza a trabajadores de países extranjeros a satisfacer la demanda de empresas agrícolas con la visa H2A.
GM INTERNATIONAL CONSULTANTS LLC puede ayudarlo a navegar el proceso, desarrollando aplicaciones y materiales personalizados a la medida de sus necesidades específicas.
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